• ¿Qué es el fraccionamiento tributario?

    El fraccionamiento tributario es un mecanismo de flexibilización que ofrece la Administración Tributaria que permite a los contribuyentes retrasar y fraccionar el pago de un impuesto en un momento en que no dispone de liquidez para atender el pago.
  • ¿Puedo fraccionar la deuda de Impuesto Predial y Arbitrios?

    Sí, se puede realizar el fraccionamiento de su deuda vencida que corresponda a ejercicios anteriores al presente año, conforme con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2008-MPCH (PDF).

    Para ello, los contribuyentes deben considerar lo siguiente:

    • Solo podrá acoger al fraccionamiento las deudas anteriores al presente ejercicio fiscal siempre y cuando el importe a fraccionar sea mayor o igual al S/ 100.00 (Un cien con 00/100 soles) vigente a la fecha de solicitud de fraccionamiento.
    • Se deberá cancelar la totalidad del fraccionamiento anteriormente concedido.
    • Tampoco podrán acceder al fraccionamiento cuando tuviera en trámite recurso impugnatorio o solicitudes no contenciosas contra la deuda a fraccionar, para ello previamente deberá presentar su solicitud de desistimiento de la pretensión.
    • Cancelar, en el día de aprobación, la cuota inicial, la cual no debe ser menor a S/ 20.00 (Veinte con 00/100 soles).
    • El plazo mínimo de cuotas es de 02 (incluyendo la cuota inicial) y el máximo es de 24 (incluyendo la cuota inicial).
  • ¿Qué requisitos debo presentar para acceder al fraccionamiento tributario?

    Para solicitar el fraccionamiento, el contribuyente debe apersonarse a la Sub Gerencia de Registro y Orientación al Contribuyente ubicada en la Municipalidad Provincial de Chanchamayo (Jr. Callao N° 261), y deberá presentar:

    • 1. Exhibir documento de identidad.
    • 2. En caso de actuar como representante deberá acreditar su representación mediante poder por documento público o privado con firma legalizada notarialmente o por fedatario designado por la Municipalidad.
    • 3. Copia simple de recibo de agua y/o luz del mes anterior al de la presentación de la solicitud.
    • 4.Croquis de ubicación del domicilio fiscal.

    Se le otorgará un cronograma de pagos accesible, para que proceda a cancelar la cuota inicial el mismo día.
  • ¿En qué momento pierdo el fraccionamiento tributario?

    Cuando el contribuyente incurra en cualquiera de las siguientes causales:

    • Cuando no cumpla con pagar el integro de dos (2) cuotas consecutivas.
    • Cuando no cumpla con pagar el íntegro de la última cuota dentro del plazo establecido para su vencimiento o cuando luego de la fecha de vencimiento de la última cuota quede pendiente de pago una única cuota del fraccionamiento.
  • ¿Dónde debo pagar la cuota inicial y las demás cuotas del fraccionamiento tributario?

    Realice el pago en la oficina de Caja de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo (Jr. Callao N° 245) de lunes a viernes en los horarios de 7:30 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:30 p.m. a 4:45 p.m.
  • PREGUNTAS FRECUENTES


  • ¿Puedo adelantar los pagos de las cuotas?

    Si, el contribuyente puede adelantar los pagos de sus cuotas.
  • Si tengo un fraccionamiento pendiente de pago, ¿puedo solicitar otro?

    No, una de las condiciones es que el contribuyente no tenga ningún fraccionamiento pendiente de pago. En tal caso, deberá cancelar la totalidad del fraccionamiento anterior para acceder a uno nuevo.
  • ¿Puedo realizar dos (2) fraccionamientos a la vez; uno de Impuesto Predial y otro de Arbitrios Municipales?

    No, el fraccionamiento es por la totalidad de impuestos (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) que este adeudando la fecha.